Ejercicio del derecho de organización del empleador
La ley laboral establece que el empleador puede realizar cambios en las modalidades del trabajo para organizar su empresa.
No obstante, dichos cambios (ejercicio del ius variandi) no pueden ser irrazonables ni alterar aspectos esenciales como horario, lugar de trabajo, remuneración, categoría, y nunca deben causar un perjuicio al trabajador.
Si el trabajador siente que los cambios de su empleador lo perjudican, puede optar por considerarse despedido sin causa, y con ello acceder al cobro de indemnizaciones, o bien realizar un reclamo judicial para exigir que las condiciones de trabajo vuelvan a ser las originales.
Ya que no todo cambio de condiciones laborales es ilegal por sí mismo, es necesario analizar cada caso.
Por ejemplo, un cambio de lugar de trabajo a una zona geográfica muy cercana no es ilegal, mientras que un cambio de lugar de trabajo a una más zona alejada si puede serlo (ej.: el cambio de lugar de trabajo de Capital Federal a Zárate, si perjudica al trabajador, puede ser considerado ilegítimo).
¿Necesitás iniciar un reclamo laboral contra tu empleador?
Envíanos tu consulta. Responderemos en menos de 4 horas hábiles.
Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral y Sucesiones con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex asesor legal externo de IRSA SA y Alto Palermo SA. Ex funcionario AFIP (abogado y representante del fisco). Ver CV