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Mi empleador me despidió de palabra y exige mi renuncia por telegrama para pagarme

Actualizado: 18 enero 2021

¿Qué hacer te despiden de palabra y exigen la renuncia por telegrama para pagarte la indemnización? 

La única forma válida para que ocurra el despido un trabajador en Argentina es mediante telegrama o por escrito con la presencia de un escribano público.

Si nada de esto ocurrió, el despido como tal no existe.

Si tu empleador te dijo que no vayas mas a trabajar (despido de palabra) significa que estabas trabajando en negro.

Al haber estado trabajando en negro, tu empleador no tiene manera de despedirte ya que de hacerlo correctamente (despido por telegrama) estaría reconociendo la relación de trabajo en negro, lo que constituye un ilícito y haría que pierda un potencial reclamo laboral del empleado.

Consultá a un abogado laboral

Si te exigen que envíes un telegrama de renuncia a cambio del pago de la liquidación final o de la indemnización por despido (así como cualquier suma que te deban), no lo hagas.

Si envías la renuncia por telegrama al haber trabajado en negro, estas serían las consecuencias:

  • Perder tu derecho a reclamar tu indemnización por despido
  • Perder tu derecho a reclamar las multas por trabajo en negro
  • No contar con ninguna garantía para exigir el pago de tu liquidación final ni los salarios que se te adeuden

Conservá tus derechos laborales

No lo olvides: una vez que enviás tu renuncia por telegrama ya no hay vuelta atrás y no vas a poder reclamar ninguna indemnización ni tampoco vas a tener garantías para cobrar los sueldos adeudados, diferencias salariales, liquidación final ni la indemnización por despido.

En estos casos, te recomendamos que contactes a un abogado laboral en forma inmediata a fin de iniciar el reclamo por vías formales.

Se aconseja que en estos casos el trabajador envíe un telegrama laboral a su empleador intimando la registración laboral del trabajo en negro y en caso de falta de respuesta o negativa del empleador, darse por despedido para finalmente citar a la empresa a una audiencia obligatoria en el SECLO (Ministerio de Trabajo) para formalizar el reclamo e intentar llegar a un acuerdo económico. Si nada de esto es posible, el trabajador tiene vía libre para iniciar el respectivo reclamo laboral ante la justicia (inicio del juicio laboral).

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