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Escala Salarial y Sueldo Mínimo Vendedores Comercio Año 2023

Actualizado: 27 diciembre 2022

Escala Salarial y Sueldo Mínimo para el Personal de Ventas y Vendedores según el CCT 130/75 de Empleados de Comercio – Febrero 2023

Si trabajás como vendedor, es decir, si realizás tareas o bien operaciones de venta, corresponde que seas categorizado como “Vendedor” según el Convenio Colectivo de Trabajo de Empleados de Comercio, CCT 130/75. 

Para saber si te corresponde la aplicación del Convenio de Empleados de comercio según la actividad o tipo de comercio de tu empleador, hace clic en los siguientes enlaces:

¿Qué categoría de Vendedor me corresponde dentro del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 de Empleados de Comercio?

Dependiendo del tipo de tareas que realizás, podés ser incluido dentro de las siguientes categorías de Vendedor dentro del Convenio de Empleados de Comercio.

  • VENDEDOR A: Degustadores
  • VENDEDOR B: Vendedores, Promotores
  • VENDEDOR C: Encargados de segunda
  • VENDEDOR D: Jefes de segunda o encargados de primera
  • ENCARGADO DE SEGUNDA: es el empleado que es responsable del trabajo que se realiza en un sector de una sección, actuando en calidad de ejecutor, distribuidor y supervisor de las tareas que se cumplan en aquél.
  • JEFE DE SEGUNDA O ENCARGADO DE PRIMERA: es el empleado que secunda al respectivo jefe de sección en las obligaciones del mismo, y lo reemplaza en caso de ausencia por cualquier motivo.

¿Qué sueldo me corresponde si soy Vendedor dentro del CCT 130/75 de empleados de comercio según mi categoría?

Si desarrollás tareas de ventas, te corresponde cobrar, como mínimo, el siguiente salario, de acuerdo a tu categoría real.

CategoríaBásicoPresentismoAntiguedad
Vendedor A$ 141.080,40+ 8,33%+ 1% por año
Vendedor B$ 144.103,83+ 8,33%+ 1% por año
Vendedor C$ 145.110,92+ 8,33%+ 1% por año
Vendedor D$ 147.327,66+ 8,33%+ 1% por año

INCLUYE SUMA NO REMUNERATIVA FEBRERO 2023 (10%)

En el caso de que tu sueldo sea menor al establecido para la categoría de vendedor que te corresponda, o bien que te corresponda una categoría mejor a la asignada por tu empleador, tenés derecho a reclamar las diferencias salariales que existan por los últimos 24 meses de trabajo.

Además de reclamar las diferencias salariales por los últimos 24 meses de trabajo, vas a poder exigir todas las incidencias que esas diferencias hubieran generado (recálculo de los últimos cuatro aguinaldos, recálculo del plus vacacional de los últimos dos años).

No olvides que gracias al principio de pago a cuenta del derecho laboral, no perdés tu derecho a reclamar aunque hayas firmado de conformidad todos tus recibos de sueldo.

¿Cuánto me corresponde de indemnización por renuncia al empleo?

Si renuncias a tu empleo, no te corresponde ninguna indemnización ya que la indemnización sólo se paga en caso de despido sin causa. En caso de renuncia, sólo te van a pagar la llamada liquidación final.

Ahora bien, y ya que luego de haber renunciado por telegrama no hay forma de arrepentirse (recordá que la renuncia de palabra no tiene ningún valor), tenés que conocer todas las consecuencias y todos los derechos que vas a perder al renucniar.

Si trabajás en negro, si sos empleado monotributista o si la relación está mal registrada (parte del sueldo en blanco y parte en negro, falsa fecha de ingreso o falsa jornada declarada en el recibo), podés perder todos los derechos a reclamar.

¿Tu sueldo es más bajo que el mínimo de Convenio? ¿Te corresponde una mejor categoría laboral?

Si descubrís que tu salario es menor que el sueldo mínimo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo o que tu categoría laboral no es correcta ya que no se ajusta a la categoría que fija el Convenio de Trabajo según las tareas que desarrollás, podrías exigirle a tu empleador que corrija las irregularidades existentes y que abone todas las diferencias existan durante los últimos 2 años, más intereses.

En caso de que tu empleador rechace o niegue tu reclamo, la ley laboral argentina te permite considerar despedido por exclusiva culpa del empleador y reclamar la indemnización por despido y multas.

¿Te pagan una parte del sueldo en negro? ¿La fecha de ingreso de tu recibo no es la real? ¿No te pagan las horas extras trabajadas?

Si tu relación de trabajo está en negro (total o parcialmente), si la fecha de ingreso indicada en tu recibo de sueldo no es la fecha de ingreso real, o si trabajás horas extras pero no son abonadas, podrías exigirle a tu empleador que corrija esta situación.

En caso de que tu empleador rechace o niegue tu reclamo, la ley laboral argentina te permite considerar despedido por exclusiva culpa del empleador y reclamar la indemnización por despido y multas.

Calculá ya tu indemnización 

Nuestra calculadora online te va a permitir conocer en segundos cuál sería tu indemnización si cobrás una parte del sueldo en negro o tu fecha de ingreso declarada en el recibo no es la real. 

Este calculo e incluye los agravamientos indemnizatorios de las leyes 24.013 y 25.323.

Horas Extras y diferencias salariales en Argentina

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