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Trabajo en Negro en Argentina

Actualizado: 28 diciembre 2022

Todo sobre el trabajo en negro

Resumen de contenidos

En este articulo vas a aprender absolutamente todos tus derechos laborales si estás trabajando en negro.

  • Cómo reclamar ante el trabajo en negro
  • Qué hacer en caso de despido durante el trabajo en negro
  • Cómo calcular la indemnización por despido en negro
  • Qué hacer ante el despido de palabra en el trabajo en negro
  • Como exigir el blanqueo del empleo (regularización del trabajo en negro
  • Qué hacer si queres renunciar a un empleo en negro
  • Cómo te podes considerar despedido en el trabajo en negro (en lugar de renunciar)
  • Cómo reclamar la falta de pago del sueldo en el trabajo en negro
  • Qué hacer ante un accidente de trabajo en el trabajo en negro
  • Cuáles son las indemnizaciones y multas para el trabajador en el empleo en negro
  • Cómo es el reclamo mediante abogado frente al trabajo en negro
  • Cuánto demora el reclamo laboral por trabajo en negro
  • Cuánto cobra un abogado laboral por un reclamo de trabajo en negro
  • Puedo reclamar horas extras en el empleo en negro?
  • Puedo reclamar diferencias salariales en el empleo en negro?
  • Qué sucede en caso de quiebra de la empresa?
  • Y mucho mas…

¿Qué hacer en el momento del despido en negro?

El consejo es que vayas a ver directamente un abogado laboral lo antes que puedas y lo más rápido posible.

El abogado laboral te va a hacer una serie de preguntas, que son las preguntas que te voy a hacer ahora.

  • ¿Dónde trabajabas?
  • ¿Qué tareas hacías?
  • ¿Cuánto ganabas?
  • ¿Cuál a tu jornada laboral?
  • ¿Quién era tu empleador o en qué empresa trabajabas?

Las preguntas que acabo de hacer van a servir para poder preparar el telegrama laboral.

Todo reclamo laboral por trabajo en negro se inicia con un telegrama

El envío de este telegrama laboral es lo más importante del reclamo porque tiene la estrategia jurídica de fondo que va a servir para que, si hace falta, se pueda hacer un juicio laboral.

Cualquier dato que esté mal en el telegrama, lamentablemente no se puede corregir. Tampoco se pueden agregar datos que faltaron en el primer telegrama.

Por eso, es importante analizar bien el caso de punta a punta para saber todo lo que uno puede incluir u omitir en el primer telegrama.

En este primer telegrama, lo que va a hacer es básicamente es exigirle al empleador que te acaba de despedir que regularice la relación laboral (que te ponga en blanco).

Como el despido en el trabajo en negro no fue por telegrama, el despido no existe jurídicamente hablando ya que el despido es válido únicamente si es comunicado por escrito.

El despido debe ser siembre comunicado por escrito

Como te decía, nunca te van a despedir por telegrama o carta documento (ya que sería reconocer la existencia de la relación laboral).

Por ello, la única opción que tiene el trabajador es enviar un telegrama laboral que diga que él estaba trabajando en negro, que diga que su fecha de ingreso real, que diga que cuál era el sueldo que le pagaban, que diga cuál era su jornada laboral (de tal día a tal día, de tal hora tal hora), y que cuáles eran las tareas que hacía, detallando bien clarito cuáles serán las tareas del trabajador.

Entonces, en ese telegrama donde uno exige que se blanquee la relación laboral, le tiene que dar al empleador 30 días para que lo haga y no es porque no quiera sino porque es lo que dice la ley 24.013.

La ley de empleo en negro 24.013

Esta ley, es la llamada ley de empleo, que lo que quiere lograr es que todos los trabajadores que están en negro puedan exigirle al empleador que los blanquee, y dice que si el trabajador envía esta telegrama laboral, y el empleador los despide, le corresponde una indemnización que es el doble.

Por ello, es tan importante enviar primero que nada un telegrama laboral por parte del trabajador, ya que a veces, los empleadores acuden a ciertas estrategias ilegales y cuando echan a un empleado lo primero que hacen es tratar de darlo de alta en AFIP con fecha de ingreso de un mes atrás para que por lo menos figure como empleado mal registrado.

Con ello, pretenden hacer que al momento del despido y del reclamo laboral tengan que pagar menores indemnizaciones porque justamente quieren simular que la relación laboral estaba registrada al momento del despido (en lugar de totalmente en negro, estará mal registrada por falsa fecha de ingreso, lo que supone menores multas que el supuesto de trabajo en negro total).

Consejos sobre los telegramas laborales por despido en negro

El consejo entonces es que el empleado mande el telegrama lo antes posible para que le llegue al empleador antes de que ellos puedan hacer lo mismo, es decir, anticiparse, y la mejor forma de hacerlo es enviar el telegrama de blanqueo laboral exigiendo a la empresa o al empleador que registre la relación laboral ante AFIP según el verdadero sueldo, jornada y tereas, y ahí vamos a invocar qué convenio colectivo de trabajo aplica, si es que algún convenio de trabajo aplica.

Lo más probable es que dependiendo la actividad, de las tareas que vos hayas hecho, aplique un determinado convenio colectivo.

¿Por qué es importante conocer el convenio colectivo en el trabajo en negro?

La ley general establece un sueldo que se llama el sueldo mínimo vital y móvil salario mínimo vital y móvil que los fija en actualmente $ 18.000 para agosto 2020, esto quiere decir que ningún empleado en blanco puede ganar menos de 18 mil pesos por jornada completa.

Ocurre que en la mayoría de los casos aplica un convenio colectivo, esto quiere decir que ese sueldo 18 mil pesos como mínimo legal se eleva al mínimo de convenio.

Vamos a poner un ejemplo de los empleados de comercio. Si vos trabajás en un local de venta de ropa te aplicaría el convenio colectivo de empleo de comercio.

Este convenio dice que el sueldo mínimo, es decir lo que menos le pueden pagar a un empleado dentro de ese convenio, es más o menos 35 mil pesos, siempre hablando del salario bruto 35 mil pesos de básico más adicionales.

Los adicionales dependen de cada convenio colectivo

El convenio de empleados de comercio tiene varios adicionales. Entre los más importantes están el presentismo y la antigüedad, que suman un 10% del salario básico, lo cual no es poco.

En consecuencia, si vos estabas trabajando en un local en un comercio y te pagaban 20 mil pesos que es más alto por el sueldo mínimo vital y móvil a vos te hubiera correspondido que te paguen 35 mil más adicionales (vamos a suponer $40.000) entonces si te pagaban 18 mil y vos deberías haber ganado 40.000 vas a poder reclamar también esas diferencias salariales por todo el tiempo en el que estuviste trabajando máximo dos años para atrás.

Entonces, esto es algo importante que también tiene que reclamarse en el primer telegrama que uno le manda al empleador para que regularice la relación laboral.

En este telegrama vamos a reclamar el blanqueo del empleo, las diferencias salariales si las hay y los salarios impagos que haya, y tenemos que analizar también si existen o no horas extras.

Podcast #1 - Trabajo en negro - Despido en negro - Indeminización - Telegramas - SECLO - Reclamo

¿Reclamo de las horas extras en el trabajo en negro?

La ley general y los convenios colectivos en particular en general también fijan la jornada de trabajo máxima en 48 horas por semana.

Quiere decir que si vos trabajás de lunes a sábados 10 horas por día estarías trabajando por semana 60 horas. Al resta 60 menos 48, da 12 horas, con lo cual quiere decir que hay 12 horas que deben pagarse como horas extras.

En el caso de que las 12 horas extras se hicieron de lunes a sábados hasta las 13 horas se pagan sin ningún recargo. Si las 12 horas extras se hicieron durante los sábados del mediodía, los domingos o los feriados se pagan con el 100% de recargo.

Repasando: de lunes a viernes y sábados hasta las 13, la hora se paga con el 50 por ciento de recargo y si la hora extra fue hecha el sábado después de las 13, un domingo, o un día feriado, se paga con el 100% de recargo, es decir, se paga el doble.

Análisis de las horas extras en negro

Si uno analiza el caso y ve que también hay horas extras por haber excedido la jornada máxima de trabajo, también hay que reclamar las horas extras y los recargos.

Entonces ya tenemos tres cosas que vamos reclamando:

  1. El blanqueo de la relación laboral
  2. Las diferencias salariales y
  3. Las horas extras

Si hay salarios impagos, se reclaman también, y además se reclama el pago de aportes y contribuciones de la seguridad social, el pago a la obra social y el pago de la jubilación los aportes jubilatorios.

Entonces este telegrama de inicio del reclamo va a tener todo esto. Le vamos a dar 30 días al empleador para que te ponga en blanco, pero además le vamos a decir que tiene solamente 2 días para pagar las horas extras, las diferencias salariales y los salarios impagos.

Además, el telegrama va a decir que si no responde en 2 días, el empleado se va a dar por despedido.

Intercambio de telegramas por trabajo no registrado

Es decir, la empresa tiene la obligación de contestar si va a hacer o no va a hacer lo que uno le está exigiendo, y lo tiene que contestar en 2 días desde que sea notificado el telegrama.

Si el telegrama una vez notificado a la empresa no se contesta en estos 2 días, el empleado puede considerarse despedido, es lo que se llama despido indirecto.

De lo contrario, quedaría eternamente esperando la respuesta del empleador y la ley lo que no quiere es eso, por lo que permite como solución el despido indirecto.

Este despido indirecto es exactamente igual que si el empleador hubiese despedido el trabajador y le da las mismas indemnizaciones que en caso de despido sin causa.

Además, como trabajo en negro le va a dar multas a favor del trabajador y en este momento actual – Octubre 2020 – también aplicaría la doble indemnización que está vigente.

El reclamo y despido en el trabajo en negro en Argentina

La respuesta del empleador a tu telegrama en el trabajo en negro

Te voy a contar también cuál es la respuesta esperable al enviar un telegrama de regularización por parte del trabajador.

La empresa o el empleador tiene solamente dos opciones:

  1. No contesta nada y dejar pasar el plazo de ley que son dos días, ocurrido lo cual el empleado va a mandar un segundo telegrama diciendo que ante la falta de respuesta (y consecuente rechazo del reclamo) se dará por despedido, o
  2. Contestar el telegrama que le envió el empleado, pero cuando contesta el telegrama tiene solamente una opción, y esto es: negar todo y absolutamente todo.

Decimos que el empleador debe negar todo porque lo que lo niegue se considera reconocido y si reconoce algo por escrito es un juicio virtualmente ganado en la justicia en el caso de que el empleado quiera accionar judicialmente.

Respuesta al telegrama por empleo en negro

En consecuencia lo más típico en empleo negro es que el empleador conteste en telegrama diciendo que vos nunca trabajaste allí, que vos no hacías horas extras, que no te deben diferencias salariales, que no hay ningún tipo de salario impago

Van a decir que tu telegrama es falso, malicioso, temerario y unas cuantas palabras feas que le gusta usar a los abogados cuando contestan telegramas laborales y hacen sentir bastante mal al trabajador, pero para que se queden tranquilos esto es siempre así: o no contestan, o si contestan niegan absolutamente todo porque es una estrategia jurídica que no tiene otra alternativa ni tiene otra opción.

Duele pero no hay que ponerse mal porque es parte del juego lamentablemente al que quedan expuestos los trabajadores ante una relación laboral en negro.

¿Si estoy trabajando en negro y quiero renunciar, qué hago y cómo reclamo?

Vamos a poner el ejemplo entonces de un trabajador que lo despiden y estaba trabajando en negro.

En un despido en estas situaciones lo que puede pasar es que te digan que no vayas más a trabajar sin enviarte ningún telegrama ya que qué es lo último que querrá hacer el empleador dado que así reconocería la existencia de la relación laboral.

La renuncia en el trabajo en negro

Al principio del podcast te decía que esto mismo también sirve en los casos en que vos estás trabajando en negro y quieres renunciar.

En caso de renuncia en el trabajo en negro, lo que hay que hacer es esencialmente lo mismo: mandar un telegrama diciendo qué estás en negro, denunciando en el telegrama cuáles son las condiciones laborales, el sueldo, la fecha de ingreso, la categoría, las tareas realizadas y exigiendo que regularicen la relación laboral.

La jornada laboral parcial y completa en el trabajo informal

Algo que quería comentar está relacionado con la jornada laboral. La jornada laboral hay dos opciones. Puede ser jornada parcial o jornada completa.

La ley considera que jornada parcial se da cuando los trabajadores realizan tareas con un máximo de 32 horas por semana. Se considera jornada completa a los trabajadores que realizan tareas más de 32 horas por semana.

Muchos empleadores declaran a veces jornada parcial cuando en realidad es jornada completa. Por ejemplo: si una persona trabaja 6 horas por día durante 5 días por semana, habría que multiplicar 6 horas por 5 días = 30 horas.

Trabajo en negro parcial (media jornada)

El trabajador con jornada parcial le corresponde un sueldo de jornada parcial que va a ser un proporcional por las horas que trabaje.

Ahora si ese trabajador de cinco días por semana seis horas también trabaja los sábados cuatro horas estaría trabajando total 34 horas, con lo cual le corresponde el sueldo de jornada completa.

Esto es importante ya que tiene que cobrar el sueldo completo y no el de jornada parcial sino de jornada completa y esto es algo que también se puede reclamar.

La liquidación o la indemnización por haber trabajado en negro

Antes que nada te cuento que en nuestra página web tenemos algo así como 10 calculadoras de indemnizaciones para diferentes supuestos y que te invito a usarlas.

Todo lo que es indemnización por despido siempre hay que calcularlo un salario por mes, más un mes de preaviso. Por ejemplo se trabajaste cuatro años, te corresponde una indemnización de cuatro más un mes de preaviso.

Serían cinco meses de indemnización por despido. Si trabajaste en blanco como está vigente actualmente la doble indemnización habría que multiplicar los cinco por dos serían diez salarios. Si estuviste trabajando en negro vamos a poner el mismo ejemplo de vuelta.

Por 4 años te corresponde la misma indemnización que te acabo de decir pero se empiezan a sumar un montón de multas o mejor dicho agravamientos indemnizatorios por haber trabajado en negro.

Las multas por trabajo en negro

Para que tengas una idea la ley 24.013 – que es la ley de empleo por la cual uno intima a la registración laboral – dice que a todos los trabajadores que son despedidos estando en negro le corresponde una indemnización doble.

Además, a los trabajadores que fueron despedidos y estaban trabajando en negro les van a tener que pagar un 25 por ciento del salario (salario devengado según el convenio colectivo) multiplicado por todos los meses que trabaja este negro.

Quiere decir que si vos a ganabas $ 10.000 van a tener que pagar te $ 2.500 pesos (10.000 dividido 4) por la cantidad de meses trabajados en negro. Si trabajaste 4 años son 48 meses y hay que multiplicar 48 por $ 2.500 y esta es otra multa más que se suma.

Hay varias multas que se siguen agregando. Tres multas más concretamente que en lugar de explicarte estaría bueno que las veas con la calculadora online ya que son las multas de la ley 25.323 (artículos 1 y 2) y la multa del artículo 80 de la ley 20744.

Multa de la ley 25323 por empleo en negro

Te lo resumo básicamente: la ley 25.323 te da una multa de un 50 por ciento más de la indemnización y por el artículo 80 de la ley 20744 te corresponde una multa de tres salarios porque cuando vos trabajas en un lugar y te despiden o renuncias sea cualquier caso te tienen que dar un certificado de trabajo.

Si ese certificado de trabajo no te lo entrega en 30 días o te lo entregan mal confeccionado, te corresponde una multa a tu favor de tres sueldos. Al haber trabajado en negro, ese certificado no te va a poder entregar, con lo cual esa multa directamente se aplica.

Reclamo por trabajo en negro con un abogado

Voy a explicar entonces finalmente cómo es el proceso de reclamo con un abogado si trabajás en negro. Dijimos entonces que lo primero que hay que hacer es preparar un telegrama de regularización laboral.

Tenés que saber que el telegrama lo vas a tener que enviar a la empresa. Si la empresa es una SRL lo podés mandas también a los socios gerentes de la empresa, y si es una sociedad anónima (SA) lo mandas al presidente y a los directores.

En el caso del trabajo en negro, los socios y los dueños las empresas son también responsables de las deudas de las empresa por haber tenido gente negro.

Además tenés que mandar un telegrama a la AFIP informando que vos estás exigiendo el blanqueo laboral a determinadas personas. Es muy importante el envío de telegrama la AFIP porque si no lo haces no vas a poder reclamar las multas por trabajo en negro.

Entonces una vez enviado estos telegramas esperamos la respuesta del empleador como te decía al principio del podcast si no hay respuesta en el plazo de 2 días.

Personalmente suelo esperar una semana por la demora del correo. Entonces, si una semana después de desde que la empresa haya recibido el telegrama no hay ninguna respuesta por parte de ellos, enviamos un segundo telegrama donde te das por despedido o despedida.

Final del proceso de intercambio telegráfico

Luego de esto el paso siguiente en Capital Federal es citar a la empresa a una audiencia de conciliación obligatoria ante el SECLO (Ministerio de Trabajo).

Entonces, una vez enviado el segundo telegrama donde vos te das por despedido ya no queda más por hacer más que empezar las acciones legales en Capital Federal antes de iniciar un juicio es obligatorio que las partes (el trabajador y la empresa) vayan a una audiencia de conciliación en el Ministerio de Trabajo.

El reclamo en negro en las audiencias del SECLO

Lo que se espera en esta audiencia de conciliación es tratar de llegar a un acuerdo económico que ponga fin al reclamo del trabajador.

Las audiencias en el Ministerio de trabajo son pedidas por el abogado del trabajador mediante un sistema informático.

Actualmente, la demora en la asignación del turno es de un mes. Antes de la época de la pandemia, las audiencias se hacían en forma personal donde la empresa iba mediante un apoderado o el abogado o los propios dueños pero siempre acompañados por un abogado y el trabajador con su abogado.

El abogado es obligatorio en estas audiencias. El procedimiento es básicamente que el abogado del trabajador presente una liquidación con la indemnización que corresponda efectuada según la ley más los incrementos por haber trabajado en negro.

Si la empresa quiere evitarse un futuro juicio intenta llegar a un acuerdo. Las audiencias de conciliación tienen varias posibilidades. Puede ocurrir que en la primera audiencia la empresa no vaya, ante lo cual lo van a citar nuevamente y la segunda audiencia tendrá que ir.

Puede pasar a la segunda audiencia tampoco se presente la empresa ante lo cual no queda más opción que cerrar la audiencia de conciliación y el trabajador ya queda liberado para poder iniciar el juicio en caso de que lo considere, esta sería la peor situación que puede ocurrir.

Acuerdos o arreglos en las audiencias del SECLO

En las audiencias de conciliación, diría un 50 por ciento de los casos es que la empresa se presente a la primera audiencia y le pida el abogado del trabajador una liquidación.

La empresa analiza la liquidación y en una segunda audiencia a los 15 días hace algún tipo de ofrecimiento. Este ofrecimiento es algo que el trabajador y solamente el trabajador va a poder aceptar. El abogado no puede hacer más que aconsejarlo.

Si la empresa y el trabajador se ponen de acuerdo en una cifra en un monto indemnizatorio, entonces se firma un acuerdo.

Ese acuerdo se remite al Ministerio de Trabajo que lo analiza y lo aprueba. Recién una vez que el Ministerio aprueba este acuerdo – que se llama homologación – la empresa queda obligada a pagar lo que se haya comprometido.

Los pagos actualmente se hacen siempre por transferencia a la cuenta bancaria del trabajador y el ciclo está tardando más o menos 15 días en homologar estos acuerdos.

Cuánto puedo pedir en un acuerdo por despido en negro en el SECLO?

La pregunta del millón cuál es el monto adecuado. Cual es el monto que el trabajador tiene que aceptar un acuerdo y la verdad es que no una respuesta correcta.

El trabajador va a tener que evaluar el riesgo de no aceptar un acuerdo e iniciar un juicio laboral que puede demorar hasta cinco años, donde también tendrá que evaluar el riesgo de que la empresa no desaparezca en el plazo de cinco años.

También va a tener un riesgo más que es un riesgo, que además es requisito fundamental para poder iniciar un juicio.

Testigos para un juicio por trabajo en negro

El trabajador deberá contar con al menos dos o tres testigos que se presenten ante tribunales los a declarar cuando sean citados donde le van a preguntar si conocen al trabajador, si saben dónde trabajaba ya que el juez laboral va a tener que convencerse de que el trabajo en negro existía porque de lo contrario es la palabra del trabajador contra la palabra de la empresa.

El trabajador va a decir que trabaja en negro en la empresa. Hará falta que testigos convenzan al juez que el trabajo en negro existía y no solo que existía sino que le pagaban determinada cantidad de dinero, que trabajaba determinada cantidad de horas cantidad de horas (para poder probar las horas extras).

Los testigos en el juicio laboral en tienen que ser personas que hayan visto el trabajador no una vez sino en forma periódica trabajar para la empresa. Los testigos ideales son los empleados actuales de la empresa o ex empleados.

Hay que tener en cuenta que los empleados actuales de la empresa probablemente no deseen o quieran o no se presten a declarar como testigos ya qué pueden considerar que se expondrían al riesgo de ser despidos.

Lo mejor es siempre pensar en trabajadores empleados que hayan trabajado con la persona que inicia el reclamo y que actualmente no están trabajando más allí.

Riesgos de las empresas por trabajo en negro

La empresa también tendrá que evaluar sus riesgos porque un juicio laboral por trabajo en negro ganado por el trabajador implicará pagar muchísimo más que lo que puede pagar en un acuerdo conciliatorio.

Entonces la empresa evalúa su riesgo jurídico ante un eventual juicio y el empleado tiene que valorar su riesgo también jurídico, porque inicia un juicio siempre implica un riesgo además de dilatar la cuestión cinco años por lo menos.

Entonces la verdad es que no hay un número o una cifra o un monto que uno puede decir este es el mundo adecuado.

Todo va a depender siempre de las dos partes y hay un dicho que yo creo que se cumple siempre es que la empresa en una audiencia conciliatoria para que haya acuerdo va a pagar más de lo que pensaba pagar y el trabajador va a recibir menos de lo que pensaba recibir.

Un acuerdo es posible sólo si ambos ceden

Ambas partes tendrán que ceder en algo sus pretensiones, caso contrario resultará prácticamente imposible lograr un acuerdo.

En las circunstancias actuales, ante la crisis económica y la desaparición o quiebra de las empresas, a veces es mejor aceptar un acuerdo que no es el monto que uno esperaba antes que entablar un juicio donde probablemente dure cinco años y la empresa no esté más para poder cobrar.

Motivo por el cual, hay que evaluar todas estas cuestiones antes de aceptar o dejar de aceptar un acuerdo.

Si bien no hay regla para esto, algo que yo suelo decir es que como mínimo el trabajador le corresponde la indemnización de ley (como si hubiera estado trabajando en blanco) como para cerrar un acuerdo.

El monto del acuerdo conciliatorio por empleo en negro

El monto dependerá de cada trabajador y de la posición económica y de sus necesidades. Es una decisión que toma siempre el trabajador y puede ser asesorado o no por su abogado ya que esta no es una cuestión jurídica sino es algo netamente económico.

De todas maneras, hay que saber que existe un piso que no se puede perforar porque vulneraría los derechos del trabajador y este monto mínimo estaría dado por la indemnización de un sueldo por cada año trabajado.

El trabajador querrá calcular la indemnización tomando como base el sueldo devengado (que es el sueldo de convenio colectivo que le hubiera correspondido cobrar por sus actividades), mientras que la empresa va a querer calcularlo sobre el sueldo que le pagaba realmente.

Esto también será objeto de la negociación entre los abogados. Por último, me gustaría referirme una pregunta qué habitualmente los trabajadores hacen.

¿Qué pasa si una empresa va a quiebra o si el empleador (persona física) dice que no tiene bienes?

Lo primero que digo lamentablemente es que si una empresa va a quiebra judicial los trabajadores tienen que ir a reclamar a ese procedimiento judicial de la quiebra.

Una vez que se produce la quiebra lo que sucede es que los bienes que existan de la empresa (autos, inmuebles, maquinarias) pasa remate al remate judicial y lo que se produce de ese remate se paga a todos los acreedores (entre ellos están los trabajadores).

Los acreedores que cobran primero son siempre los trabajadores pero hay dos cuestiones muy importantes.

Consecuencias negativas de la quiebra para una empresa

La primera es que una vez que se produce la quiebra no corren más los intereses, con lo cual una quiebra demora un tiempo largo y si uno va a cobrar lo que le deben sin intereses va a cobrar prácticamente nada con la inflación actual.

La segunda es que cuando una empresa va a quiebra en general no tiene bienes o los hacen desaparecer o los venden antes de ir a la quiebra. No menos importante es mencionar que una quiebra no es tan fácil y tampoco es gratis ya que tenemos consecuencias jurídicas negativas para el quebrado.

Una de ellas es que no puede ejercer el comercio por determinado tiempo y si se demuestra que la quiebra fue dolosa, digamos maliciosa, es un delito penal.

Por lo cual, no es tan sencillo pedir la quiebra para después constituir otra sociedad, es algo que sucede pero no es algo que sea tan fácil ni que tampoco carezca de consecuencias jurídicas negativas para el que lo hace, pero lo cierto es que es una posibilidad y hay que tenerla en cuenta ya que uno tiene que analizar en conjunto todos los riesgos que tiene la posible no aceptación de un acuerdo.

Falta de pago del acuerdo del SECLO

Si bien los acuerdos están para cumplirse y las empresas que van al SECLO y negocian un acuerdo los cumplen en el mayor de los casos, existe la posibilidad como en todo que la empresa por el motivo que sea, porque no puede, porque no quiera, no cumple con el pago del acuerdo.

En este caso si se trata de un acuerdo conciliatorio homologado por el Ministerio de Trabajo, la empresa va a tener que pagar una multa del 30 por ciento del monto del acuerdo y además los intereses que se fijan a una tasa muy alta por cada día de retraso.

Lamentablemente ante el caso de incumplimiento de un acuerdo conciliatorio hay que iniciar un juicio por el cumplimiento de acuerdo (se llama ejecución de sentencia).

Un juicio muchísimo más corto que el juicio laboral, pero al fin y al cabo termina siendo un juicio y lamentablemente el estado de los tribunales argentinos o por lo menos de la capital federal no hacen que este juicio sea rápido con lo cual es altamente probable que uno tenga que esperar un año.

Ejecución judicial del Acuerdo en SECLO

Si uno ejecuta judicialmente el acuerdo conciliatorio en la justicia y la empresa así todo no paga, pues entonces habrá que empezar a buscar bienes de la empresa para embargarlos y después cobrar.

En general lo primero que uno busca son cuentas bancarias, la cuenta bancaria se embarga por el monto total del acuerdo y luego se retiene ese dinero se le transfiere el trabajador pero todo esto es un proceso judicial largo.

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