Saltar al contenido

Derechos laborales y sueldo mínimo de los trabajadores agrarios y rurales

26/02/2021

Si trabajás en el campo como trabajador agrario por una sola temporada o llevas muchos años realizando estas tareas, tenes que conocer los derechos laborales que te corresponden por la ley 26.727.

La ley 26727 dice que son trabajadores agrarios quienes manipulen, almacenen, empaquen frutos o productos agrarios, tanto en campos, ferias y remates de hacienda.

¿Cuál es el Sueldo mínimo del empleado agrario actual?

Índice de contenidos

El sueldo mínimo de los trabajadores depende de las tareas que realices como trabajador agrario, según estas categorías:

Salarios vigentes hasta el 31 de julio de 2021

CATEGORÍA SUELDO MENSUALSUELDO MENSUAL
Peones generales40.000,00 1.759,72
Ayudantes de especializados peón único41.056,94 1.806,40
Peones especializados (arroz, haras bovinos)41.144,98 1.810,15
Ovejeros41.484,57 1.830,90
Albañiles, apicultores, carniceros, carpinteros42.680,11 1.876,60
Cocineros, cunicultores, despenseros42.680,11 1.876,60
Domadores, fruticultores, herreros42.680,11 1.876,60
Inseminadores, jardineros42.680,11 1.876,60
Mecánicos (generales y molineros), panaderos42.680,11 1.876,60
Pintores, quinteros y talabarteros42.680,11 1.876,60
Ordeñadores en explotaciones tamberas42.961,15 1.890,05
Ordeñadores en tamberas y carreros 44.276,07 1.946,41
Conductores tractoristas 44.552,53 1.963,08
Maquinista de máquinas cosechadoras y agrícolas44.552,53 1.963,08
Mecánicos tractoristas 46.854,30 46.854,30 
Puesteros (personal jerarquizado) 44.098,34 No 
Capataces (personal jerarquizado)48.642,94 No 
Encargados (personal jerarquizado)51.313,32No 

¿Cuál es la jornada laboral en el trabajo agrario?

El artículo 40 de la ley de trabajo agrario dice que la jornada de trabajo NO podrá ser mayor a OCHO (8) horas por día ni a 44 horas por semana.

La jornada normal es de lunes a sábados hasta las 13.00 horas.

El patrón puede distribuir la jornada diaria (haciendo que algunos días trabajes menos) pero no puede obligarte a trabajar más de 9 horas en un día.

Si trabajás después de las 20.00 horas y antes de las 05.00 horas se considera que es una jornada nocturna.

En este caso, el máximo a trabajar de noche son 7 horas por día y no más de 42 por semana.

Las Horas extras en el trabajo agrario

Si trabajás más de 44 horas por semana se considera que estás trabajando horas extras.

Las horas extras se deben pagar con un recargo (50% mas, la mitad mas si las hacés de lunes a sábados hasta las 13.00 hs) y al doble (si trabajás sabádos, domingos o feriados).

Existe un límite máximo por mes de horas extras que se ha fijado en 30 horas por mes y 200 por año.

Pero ojo, este límite no afecta tu derecho a cobro. Si trabajaste más, tenés derecho a cobrar esas horas extras de todas maneras ya que la prohibición va dirigida el empleador y no al trabajador.

El trabajo en negro agrario o de trabajadores rurales

Todos los trabajadores, todos, incluyendo por supuesto a los trabajadores rurales y agrarios, tienen el derecho a trabajar en blanco.

Trabajar en negro significa que tu patrón no declaró la relación laboral ante el Estado ni paga los tributos obligatorios, todo lo cual te va a perjudicar gravemente.

Estar trabajando en negro significa para vos que no tenés obra social, que no tenes seguro de accidente de trabajo y que no te vas a poder jubilar en el futuro.

Si estás trabajando en negro (tu patrón no te da recibo de sueldo, te paga en efectivo y no te declaró ante AFIP), podes iniciar un reclamo para que te ponga en blanco.

Si tu patrón te despide trabajando en negro, vas a poder reclamar la indemnización por despido y multas muy fuertes por empleo no registrado.

Para ello, deberás iniciar un reclamo contratando un abogado laboral quien redactará los telegramas y luego podrá realizar el juicio laboral ante la justicia en caso de ser necesario ya que lo mas recomendable es llegar a un acuerdo con el patrón para cobrar rápido y evitar años en un proceso judicial.

Indemnización por despido del trabajador agrario

En caso de despido de trabajador rural o agrario, te corresponde una indemnización por despido.

Si estabas trabajando en blanco, podes conocer tu indemnización con nuestra calculadora, donde sólo deberás ingresar tu sueldo, y antigüedad en el empleo.

Por el contrario, si trabajás en negro, te corresponde una indemnización por despido mucho mayor. Te dejo una calculadora para que puedas conocer lo que por derecho te corresponde.

El Período de prueba del agrario

A diferencia de lo que ocurre con la mayoría de los trabajadores, en el empleo rural los trabajadores agrarios no tienen período de prueba según lo dispuesto por el artículo 16 de la ley.

Es decir, que si sos despedido habiendo solo trabajado 1 mes, te corresponde una indemnización por despido.

Aguinaldo y vacaciones

Al igual que el resto de los empleados en Argentina, los trabajadores rurales o agrarios tienen derecho a cobrar aguinaldo y vacaciones.

El Aguinaldo se cobra una parte en Junio (mitad de un sueldo) y otra parte en Diciembre (mitad de un salario).

El pago del aguinaldo es obligatorio al igual que el sueldo, estés trabajando en blanco o en negro.

En caso de falta de pago del aguinaldo, podes reclamar mediante un telegrama con la ayuda de un abogado.

Las vacaciones también son obligatorias y dependen de tu antigüedad en el trabajo.

Se trata de un período de tiempo que no vas a ir a trabajar y te van a pagar exactamente lo mismo.

Si tenés menos de 5 años en el empleo te corresponden 14 días corridos, mientras que si tenes mas de 5 años serán 21 días, y si tenés mas de 10 años serán 25 días de vacaciones.

Asignaciones familiares y obra social

Si trabajás en blanco en el sector rural o agrario, tenés derecho a cobrar asignaciones familiares (es una suma de dinero que se suma según la cantidad de hijos que tengas).

También tenés derecho a contar con una obra social para vos y toda tu familia.

Si trabajás en negro, lamentablemente no te van a pagar las asignaciones familiares ni tampoco tendrás obra social.

Vivienda del trabajador agrario

El artículo 24 de la ley 26727 le da derecho al trabajador rural a contar con una vivienda en el lugar de trabajo para él y su grupo familiar.

La vivienda deberá ser sólida (no de chapa) y garantizar confort, seguridad, calor en invierno, luz natural, cocina comedor, dormitorios, baño con inodoro, bidet, ducha y lavabo y estar separada de los lugares de crianza de los animales.

Derecho de alimentación, agua potable y viáticos

El patrón deberá darle al trabajador rural o agrario alimentación, agua potable y pagar los viáticos cuando el lugar de trabajo se encuentre lejos de su domicilio.

Sueldo fijo o por rendimiento del agrario

La ley dice que es posible pagar un sueldo por rendimiento (a mayor trabajo mayor sueldo), pero este salario nunca debe ser menos que el mínimo fijado por ley para cada categoría laboral.

Fecha de pago del sueldo y falta de pago del salario

El artículo 35 de le ley 26.727 dice que el salario del trabajador rural o agrario se paga de la siguiente manera:

  • El último día de cada mes (si cobra por mes)
  • El último día de la semana (si cobra por semana)
  • El último día de la quincena (si cobra cada 15 días)

¿A quiénes NO se consideran trabajadores agrarios?

El artículo 3 de la ley 26.727 dice que los empleados que tengan tareas industriales, comerciales, turísticas o de transportes no serán considerados agrarios.

Tampoco es aplicable la ley a quien realicen tareas ajenas a la actividad agraria, servicio doméstico, tareas administrativas o que se ocupen de la cosecha o empaque de frutas.

Todos estos trabajadores tienen los derechos de la ley 20.744 que es la ley de contrato de trabajo que rige para la inmensa mayoría de empleados en Córdoba, Santa Fe, Capital Federal, es decir, toda la República Argentina.

 Si sos trabajador agrario en Córdoba o Santa Fe, consultanos

Respondemos en menos de 4 horas.

Consultanos

Consultas por correo electronico WLS ABOGADOS LABORALES
WhatsApp online chatea con abogados laborales