Podes considerarte despedido si trabajás como instructor en un gimnasio y te obligan a facturar
Si sos profesor o instructor y trabajás en un gimnasio a cargo de dar clases de natación, educación física, personal trainer, complemento pesas, danza, spinning, yoga, bachata, actuática, aeróbica, step, baile, combate, boxeo, funcional, etc., aunque sea pocas horas por semana y de manera no exclusiva, la ley exige que seas declarado como empleado en relación de dependencia.
Facturar como monotributista en estas condiciones es ilegal y es asimilado al trabajo en negro.
No olvides que el gimnasio tiene la obligación legal de registrarte como empleado ante AFIP, abonar los aportes jubilatorios, obra social, ART, vacaciones pagas, aguinaldo y licencia paga en caso de enfermedad.
Si fuiste obligado (o incluso si aceptaste) trabajar como monotributista, tenés derecho a exigir que reconozcan tu verdadera condición de trabajador en relación de dependencia (enviando un telegrama laboral) y en caso de negativa podés darte por despido (despido sin causa) y reclamar multas e indemnizaciones a tu favor por trabajo en negro.
Para conocer un detalle de la indemnización y todas las multas laborales que podés reclamar, hacé clic aquí.
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Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral y Sucesiones con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex asesor legal externo de IRSA SA y Alto Palermo SA. Ex funcionario AFIP (abogado y representante del fisco). Ver CV