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Escala Salarial Heladeros Año 2023 del CCT 273/96

07/04/2021

Sueldos mínimos Empleados de Heladerías Año 2023

Índice de contenidos

Te dejamos a continuación la escala salarial (sueldos mínimos) según el CCT 273/96 vigente y obligatorio para todos los trabajadores que se desempeñen en heladerías de Argentina.

Estos salarios mensuales básicos (se deben sumar los adicionales que se explican mas abajo) aplican para todos los trabajadores a jornada completa, es decir, cuando trabajen más de 32 horas semanales

CATEGORIABASICO NO REMUNERATIVO DICIEMBRE 2022
MAESTRO HELADERO$ 178.111+ $ 44.528
OFICIAL HELADERO Y/O MANTENIMIENTO$ 164.494 + $ 37.960
MEDIO OFICIAL Y/O CAMARISTA$ 140.605 + $ 32.448
AYUDANTE HELADERO$ 129.110 + $ 29.795
PEON AYUDANTE HELADERO $ 127.449 + $ 29.412
PEON LIMPIEZA $ 117.646+ $ 29.412
SERENO $ 117.646 + $ 29.412
CAJERO Y/O ADICIONISTA $ 137.052 + $ 34.263
DEPENDIENTE DE MOSTRADOR $ 120.089 + $ 30.022
DEPENDIENTE DE SALON $ 143.664 + $ 35.916
CHOFER REPARTIDOR $ 134.452 + $ 33.613
REPARTIDOR A DOMICILIO $ 117.646 + $ 29.412
PEON CARGA Y DESCARGA Y LAVACOPAS $ 61.274 + $ 29.412
ENCARGADO $ 171.047 + $ 42.762
EMPLEADO/A ADMINISTRATIVO $ 129.790 + $ 32.448

Adicionales de Convenio de Heladeros

Al salario básico se le deberán sumar los siguientes adicionales del convenio colectivo de trabajo para el personal de las heladerías:

ANTIGÜEDAD

  • 2 a 5 años: 5 %
  • 5 a 10 años: 8%
  • 10 a 15 años :12 %
  • 15 a 20 años: 18%
  • 20 a 25 años: 22 %
  • Más de 25 años: 25 %

ADICIONAL POR TEMPORADA

Los meses de Noviembre, Diciembre, Enero y Febrero, las empresas deberán abonar a cada trabajador un adicional del 5% del salario básico de convenio de acuerdo a la categoría de cada empleado/a.

A quienes les aplica el CCT 273/96 de heladeros

Este convenio colectivo de trabajo se aplica obligatoriamente a todos los establecimientos que elaboren y/o vendan: helados en todos sus tipos, cremas, yogurths, postres, casatas, bombón, alfajolado y preparados helados y establecimientos que elaboren y/o vendan productos para heladerías, productos semipreparados o instantáneos o frescos: jugos, frutas, batidos, flan, gelatinas, miel, ricotas y establecimientos y productos similares.

Categorías laborales de las Heladerías

  • MAESTRO HELADERO: Es el responsable de todo el proceso de elaboración de helados y postres helados y especialidades afines.
  • OFICIAL HELADERO: Es el encargado de secundar al maestro heladero en todo el proceso de elaboración y en caso de ausencia reemplaza al maestro heladero.
  • MEDIO OFICIAL HELADERO: Es aquel trabajador que por su capacidad o práctica realiza correctamente una o varias tareas sin estar comprendido en las tareas del oficial.
  • AYUDANTE HELADERO: De acuerdo a la magnitud de la elaboración del establecimiento, secundará a los anteriores en el proceso de elaboración.
  • PEON AYUDANTE HELADERO: En el establecimiento que trabaje solamente un maestro heladero con un ayudante, a éste se lo denominará “peón ayudante”, colaborando estrechamente con aquél, tanto en la preparación de las especialidades, como en la limpieza de los útiles de trabajo.
  • PEON DE LIMPIEZA: Será el encargado de la limpieza del establecimiento, comprendiendo los sectores de fábrica, ventas, administración, etc.
  • SERENO VIGILANCIA: Es el trabajador encargado de la vigilancia del establecimiento.
  • CAJERO: Será la persona responsable del cobro de las ventas al mostrador y/o salón y de entrega de tickets.
  • DEPENDIENTE DE MOSTRADOR: Será el responsable del expendio al mostrador de los productos elaborados.
  • DEPENDIENTE DE SALON: Será el responsable de la atención del expendio de los productos en servicios de salón.
  • CHOFER REPARTIDOR: Es el trabajador que, habilitado con registro de conductor correspondiente, está a cargo de la conducción o transporte de los productos elaborados por la empresa, siendo responsable del mismo. Si el chofer repartidor debe efectuar cobranzas y/o toma de pedidos de mercaderías, percibirá un adicional del 20% de su salario básico mensual.
  • PEON DE CARGA Y DESCARGA: Colaborará estrechamente con el chofer repartidor y tendrá a su cargo la carga y descarga de los productos que se distribuyen.
  • ENCARGADO: Será el responsable directo del desenvolvimiento del establecimiento.
  • EMPLEADO/A ADMINISTRATIVO/A: Será la persona responsable de toda el área administrativa del negocio.
  • REPARTIDOR A DOMICILIO: Será el encargado de la entrega a domicilio, por cualquier medio que fuere, de productos elaborados o mercaderías.

Reclamos de diferencias salariales por mala categorización laboral

Si descubrís que estás mal categorizado ya que te corresponde una categoría de convenio con un salario mayor al que cobrás, podés reclamar las diferencias salariales.

Estas diferencias salariales se calculan restando el salario de la categoría que te corresponde a tu salario del recibo de sueldo, y estas diferencias las podes reclamar hasta 2 años hacía atras.

Por ejemplo:

Si desarrollas tareas como Encargado de Heladería (supongamos que el sueldo de convenio es de $ 80.000), pero en tu recibo de sueldo te han categorizado como Ayudante de Heladero (supongamos que el sueldo de convenio es de $ 60.000), vas a poder reclamar esa diferencia de $ 20.000 (80.000 – 60.000 = 20.000) durante los últimos 2 años.

Es decir, vas a poder reclamar $ 240.000 en diferencias salariales por mala categorización (24 meses x $ 20.000), más intereses.

Horas Extras y diferencias salariales en Argentina

Reclamo de diferencias salariales por falsa jornada de trabajo en recibo

Si tu recibo refleja una jornada de trabajo falsa o diferente de la real y con ello te pagan un sueldo menor al que deberias percibir por jornada completa, tambíén vas a poder reclamar esas diferencias salariales durante los últimos 2 años.

Recordá que si trabajás más de 32 horas te corresponde cobrar el salario fijado por el convenio para jornada completa, y si no lo hacés, podes reclamar esas diferencias salariales.

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