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27/03/2019
¿Cómo trabajamos y cuáles son nuestros honorarios?
- Cobramos el 20% del resultado del reclamo
- Firmamos el convenio de honorarios
Para más información, podés descagar:
Te sugerimos leer atentamente el Convenio de Honorarios y que nos consultes ante cualquier duda.
¿Cuáles son los honorarios por llevar adelante mi reclamo o juicio laboral?
Nuestro Convenio de Honorarios establece que nosotros percibiremos el 20% de las sumas que vos obtengas como consecuencia de nuestras gestiones profesionales.
Es decir, si logramos un acuerdo conciliatorio o una sentencia judicial que te otorgue una indemnización de $ 100.000 (capital e intereses), vos recibirás $ 80.000 y nosotros $ 20.000. Esto es llamado el “Pacto de Cuota Litis”.
Si la demanda laboral es rechazada y por ello vos no recibís indemnización alguna, nuestro Estudio no te exigirá ninún pago en concepto de honorarios por todas las gestiones realizadas (representación judicial y extrajudicial, confección de telegramas, etc.) aunque según la ley podamos hacerlo.
Si por el motivo que sea vos decidís no realizar la acción judicial con nuestro Estudio, sólo deberás abonar los honorarios por las gestiones realizadas.
¿Existe algún porcentaje máximo para el Pacto de Cuota Litis según la ley?
Si. El artículo 277 de la ley de contrato de trabajo Nº 20.744 establece: «Queda prohibido el pacto de cuota litis que exceda el veinte por ciento (20%) el que, en cada caso, requerirá ratificación personal y homologación judicial.».
Todo pacto de cuota litis celebrado por un porcentaje mayor al 20% no tendrá validez y sólo podrá hacerse valer hasta el porcentaje máximo legal (20%).
Pasos a seguir para iniciar el reclamo laboral
Si sos un nuevo cliente de nuestro Estudio o estás pensando en contratar nuestro servicios, te invitamos a leer nuestro artículo Cómo iniciar tu reclamo laboral a fin de conocer en detalle los pasos que seguiremos en tu caso.
Asimismo, encontrarás en el artículo Paso a pasos todas las etapas del reclamo laboral un detalle del proceso desde la contratación de nuestro Estudio, pasando por la etapa envío de telegramas, audiencias en el SECLO, inicio del juicio laboral, sus etapas procesales y cobro de la sentencia.
¿El Estudio tiene derecho a percibir honorarios a cargo de mi empleador?
Si. La Ley Nº 21.839 de Aranceles y Honorarios Profesionales establece que los jueces regularán honorarios a los abogados por sus labores en sede judicial, los cuales serán soportados por la parte vencida en el proceso judicial.
De la misma manera, en caso de arribar a un acuerdo conciliatorio, nuestros abogados tienen derecho a percibir honorarios a cargo de la parte requerida (empleador).
¿Debo abonar para iniciar el reclamo laboral?
No.
¿Llevan todos los reclamos a juicio?
No. Dado que nuestros honorarios serán el 20% del monto de setencia, debemos evaluar la viabilidad de iniciar la demanda judicial de cada caso en base al monto de reclamo y la solvencia económica del empleador.
¿Querés solicitar una entrevista on-line?
El proceso es muy sencillo. Llamanos, chateá con nosotros, o enviános un correo electrónico con los detalles de tu caso.
Envianos un correo electrónico para coordinar fecha y horario de la entrevista on-line.
Para acelerar los tiempos, te pediremos que nos adelantes los detalles del caso para preparar tu primer telegrama.
Con la información que nos brindes redactaremos el primer telegrama y te enviaremos un archivo Word conteniendo el telegrama laboral listo para imprimir y que vos lo despaches desde cualquier sucursal del Correo Argentino.
Cuando recibas la respuesta de tu empleador, simplemente envianos una foto o escaneo del telegrama que recibiste y nososotros nos encargamos de redactar la respuesta.
Luego, te solicitaremos una serie de datos personales para iniciar el sorteo de la Audiencia de Conciliación Obligatoria ante el SECLO (Ministerio de Trabajo).
En 24 horas te informaremos el día, hora y lugar donde se realizará la audiencia. Allí te representará un abogado de nuestro estudio.
Contanos tu caso e iniciá tu reclamo ahora mismo
Responderemos en menos de 4 horas hábiles.
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Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex funcionario AFIP (abogado y representante del fisco). Ver CV