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29/10/2024
El despido de palabra en el trabajo en negro
El despido del trabajador en caso de trabajo en negro se realiza siempre en forma verbal o de palabra. Como la relación de trabajo en negro es ilegal o clandestina, el empleador jamás enviará un telegrama de despido ya que ello podría ser usado en su contra en un juicio laboral.
No debés olvidar que el despido efectuado en forma verbal no es válido ni tiene efecto alguno ya que el despido laboral sólo puede hacerse por escrito, siendo lo más habitual el envío de un telegrama.
Pasos a seguir en caso de despido en el trabajo en negro
Te explicamos qué tenes que hacer si te despiden de tu trabajo en negro, si te niegan el ingreso al empleo, o si te dicen que no te presentes mas a trabajar.
Por haber trabajado en negro podrías iniciar un reclamo formal para exigir una indemnización por despido y las multas por empleo en negro (las multas son para vos, no para el Estado) .
El reclamo es simple y rápido. Consiste en enviar 2 telegramas y luego citar a la empresa a una audiencia de conciliación ante el SECLO (Ministerio de Trabajo)
Enviando tu primer telegrama por empleo en negro
En el primero de los telegramas vas a exigirle a tu empleador que te aclare tu situación laboral (porque te negó el ingreso a tu lugar de trabajo) y además le vas a exigir que regularice la situación laboral (que te ponga en blanco) por tu verdadero sueldo, tu fecha de ingreso real y además que pague los intereses y aportes jubilatorios que nunca realizó.
También le vas a decir que si no responde en 2 días y si no cumple con tus exigenicias te vas a considerar despedido por su culpa.
Si luego de los 2 días el telegrama no es respondido o bien tu empleador contesta tu telegrama diciendo que vos nunca trabajaste allí (es decir, niegan la existencia de tu relación laboral en negro), no te preocupes, esto es absolutamente habitual en casos de empleo en negro.
Enviás tu segundo telegrama por empleo en negro y pedimos turno ante el SECLO
El desconocimiento de la relación laboral o la falta de contestación a tu primer telegrama te va a permitir enviar el segundo telegrama donde vos efectivamente te vas a considerar despedido (esto se llama despido indirecto) y vas a exigir que te paguen la indemnización por despido, las multas por trabajo en negro y todo lo que te deban (horas extras impagas, salarios impagos, aguinaldos, vacaciones, etc.).
Una vez que hayas enviado este segundo telegrama, ya podremos solicitar un turno con uno de los conciliadores laborales del SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatorio) dependiente del Ministerio de Trabajo.
Alli, se citará al empleador quien deberá presentarse con su abogado para intentar un acuerdo económico y así evitar el juicio laboral.
Desde que enviés el primer telegrama hasta el día de la primer audiencia ante el SECLO se demorará aproximadamente 1 mes y es la mejor manera de reclamar tu indemnización por haber trabajado en negro.
¿Qué indemnización por despido te corresponde por haber trabajado en negro?
Esta es la pregunta que nos hacen todos nuestros clientes. Si hubieras trabajado en blanco, te corresponde 1 mes de sueldo por cada año de trabajo más un mes de preaviso. Pero al haber trabajado en negro podrías reclamar mucho más.
Debajo encontrarás un botón con una calculadora online para que calcules la indemnización por despido y trabajo en negro en 5 segundos. Sólo tenés que ingresar tu sueldo y tu antigüedad en el empleo.
No olvides que si envías el telegrama de renuncia perderás automáticamente tu derecho a reclamar cualquier indemnización por despido en negro.
Preguntas Frecuentes
El despido de palabra no es válido, y si dejas de ir podrían incluso alegar que hiciste abandono de trabajo. Por ello, es importante que consultes a un abogado laboral para que este redacte un telegrama exigiendo que se te aclare por escrito cuál es tu situación laboral, ratificando si fuiste o no despedido.
Con el asesoramiento de un abogado, puedes reclamar la indemnización por antigüedad, preaviso, vacaciones, aguinaldos y agravamientos indemnizatorios importantes por haber trabajado en negro.
Sí, pero para ello es necesario hacer el reclamo mediante telegrama laboral con el asesoramiento de un abogado.
Lo ideal es hacerlo inmediatamente para poder anticiparse a cualquier maniobra del empleador que pueda perjudicar tu futuro reclamo.
Sí. Recuerda que el despido de palabra no tiene validez en términos jurídicos, por lo que es necesario enviar un telegrama al empleador lo antes posible.
Al tratarse de un trabajo en negro (clandestino o no registrado), el despido como tal no existe. Si el trabajador realiza el reclamo correctamente, el empleador podría ser obligado a pagar multas e indemnizaciones en un juicio laboral o incluso verse forzado a llegar a un acuerdo conciliatorio en el SECLO.
Esto ocurre frecuentemente. El empleador está obligado a negar la relación laboral, ya que de lo contrario (si reconoce el trabajo en negro), no tiene defensa jurídica en caso de juicio laboral.
El proceso se inicia enviando un telegrama, y tras la respuesta del empleador, comienza la conciliación obligatoria ante el SECLO. Si no hay acuerdo, el trabajador puede iniciar un juicio presentando su demanda laboral ante los juzgados laborales.
El trabajo en negro se prueba principalmente con testigos. Será difícil demostrar ante un juez laboral que hubo trabajo en negro sin testigos que puedan acreditarlo.
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Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex funcionario AFIP (abogado y representante del fisco). Ver CV