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25/10/2024
¿Puede ser monotributista un trabajador en relación de dependencia?
En Argentina, muchos empleadores, para evitar los costos laborales derivados de inscribir legalmente a un empleado, exigen al trabajador que facture como monotributista para hacer ver al empleado como un proveedor de servicios.
Incluso es frecuente que el empleador ofrezca pagar el monotributo del empleado y hasta un servicio de medicina prepaga.
El monotributista obligado a facturar es en realidad un trabajador en negro (fraude a la ley)
Si un proveedor de servicios (monotributista) factura sus servicios es absolutamente legal, pero si esto esconde una verdadera relación laboral en dependencia, se lo denomina fraude a la ley.
Por ello, y si facturás a tu empleador cuando en realidad sos su empleado (no un proveedor), estás trabajando en negro.
Esta situación perjudica gravemente los derechos de los trabajadores ya que no tienen cobertura por accidentes laborales, no reciben aportes y contribuciones (requisito fundamental para lograr una jubilación futura).
¿Cuándo es ilegal que un trabajador en dependencia facture con monotributo?
Las pautas que permiten determinar si un monotributista es en realidad un empleado bajo relación de dependencia en fraude a la ley, debés preguntarte:
- ¿Cumplís horario laboral?
- ¿Quién fija tu horario?
- ¿Tenés autonomía laboral?
- ¿Recibís órdenes o instrucciones de trabajo?
- ¿Trabajás dentro de las instalaciones de la empresa?
- ¿Te insertaste en una estructura ajena?
- ¿Quién fija el salario?
Si cumplís horario de trabajo, si ese horario es fijado por tu empleador, si recibis órdenes de trabajo, si trabajás dentro de las instalaciones (o fuera pero se insertó dentro de una organización), o si tenés dependencia económica del salario que abona tu empleador, muy probablemente podés estar trabajando en negro, y se ha producido “fraude a la Ley”.
Exigí que empleador te registre como verdadero empleado o considerate despedido (despido indirecto)
Si este es tu caso, podés exigirle a tu empleador (mediante telegrama) que registre la relación laboral para obtener las condiciones de trabajo de cualquier empleado en blanco.
Esto te permitirá tener un recibo de sueldo, aportes y contribuciones, gozar de vacaciones pagas, licencias por enfermedad o accidente de trabajo pagas, aguinaldo, etc.
Dado que este tema requiere un análisis profundo y específico, te invitamos a consultarnos para conocer en detalle tu caso y brindar una respuesta concreta e individual.
No olvides que podés reclamar una fuerte indemnización en estos casos de trabajador en dependencia en negro al haber sido declarado como monotributista.
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Preguntas Frecuentes – FAQs
Si estás en relación de dependencia en negro, es decir, si sos un verdadero empleado que cumple horarios, recibe órdenes y cobra un sueldo, pero te hacen facturar como monotributista, podrías exigir que te pongan en blanco. Si no lo hacen, podés considerarte despedido.
Las multas por trabajo en negro están establecidas en los artículos 8, 9, 10 y 16 de la ley 24.013. Son en realidad agravamientos indemnizatorios a favor del trabajador que pueden llegar a multiplicar varias veces la indemnización por despido prevista por el artículo 245 de la ley 20.744.
Los empleados en relación de dependencia no deben ser contratados como monotributistas. A pesar de que la ley de bases indique que un empleador puede contratar hasta 3 empleados monotributistas, esto será revertido por los juzgados laborales.
El monotributista que trabaja para un empleador tiene derecho a la misma jornada laboral de cualquier empleado en relación de dependencia, es decir, 8 horas por día o 48 horas por semana. Si supera dichos límites, deberá cobrar las horas trabajadas como horas extras con el 50% o 100% de recargo según corresponda a días de semana, sábados, domingos o feriados, respectivamente.
La mejor forma de demostrar que te pagan en negro es mediante testigos que podrán ser empleados o ex empleados del lugar donde hayas trabajado.
Podrías exigirle al empleador que te registre como un verdadero empleado en dependencia en blanco, y así tendrías los derechos laborales de todos los trabajadores como vacaciones pagas, licencias por enfermedad, aguinaldo, indemnización por despido, etc.
Según la ley de bases, si solo son 3 empleados, no recibirás ninguna indemnización por despido, pero esto puede ser reclamado ante los juzgados laborales con la ayuda de un abogado laboral. Si lográs probar que eras un verdadero empleado en dependencia (en lugar de un monotributista), vas a poder cobrar una indemnización por despido y todas las multas por trabajo en negro.
Te conviene sin lugar a dudas estar en blanco porque si eres monotributista no vas a tener derecho a prácticamente nada de esto: vacaciones pagas, licencias por enfermedad, aguinaldo, indemnización por despido, indemnización por accidente de trabajo, etc.
Si eres un empleado monotributista no existe la renuncia como tal, como no eres empleado en blanco. Si tu empleador te pide que envíes el telegrama de renuncia siendo un empleado monotributista, solo está intentando que no inicies un reclamo laboral posterior. No olvides que al renunciar a tu empleo, estás renunciando a tu indemnización también. Consulta a un abogado laboral antes de enviar un telegrama de renuncia.
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Beneficio de gratuidad del derecho laboral
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Falta de pago de la liquidación final o indemnización por despido
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Por falta de pago de horas extras logró una indemnización por despido de más de 30 sueldos
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Calculadora de Indemnización por Despido por Embarazo
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Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex funcionario AFIP (abogado y representante del fisco). Ver CV