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Como trabajamos – Honorarios por Sucesiones

28/07/2020

¿Cómo trabajamos y cuáles son nuestros honorarios?

Índice de contenidos
  1. Cobramos el 6% del valor real de los bienes (*)
  2. Pedimos un adelanto del $ 20.000
  3. Firmamos el convenio de honorarios

(*) Sólo en supuestos de procesos no contradictorios y siempre que el valor de los bienes supere los U$S 50.000

Para más información, podés descagar:

Te sugerimos leer atentamente el Convenio de Honorarios y que nos consultes ante cualquier duda.

¿Cuáles son los honorarios por llevar adelante un sucesión en Capital Federal?

Nuestro Convenio de Honorarios establece que nuestros honorarios profesionales serán del seis por ciento (6%) del valor real de mercado de los bienes integrantes de la sucesión siempre que el proceso sea no contradictorio (todos los herederos de acuerdo con la división de los bienes) y cuando los bienes superen los U$S 50.000

Es decir, si existe un inmueble valuado en U$S 100.000, nuestros honorarios serán de U$S 6.000.

¿Existe algún porcentaje máximo de honorarios para sucesiones en Capital Federal según la ley?

Si. La ley 27.423 de Honorarios Profesionales de Abogados en la Capital Federal fija los honorarios de las sucesiones judiciales como mínimo en el 6% y como máximo en el 16,5%.

¿Los honorarios incluyen los gastos del proceso de sucesión en Capital Federal?

No. El proceso judicial de una sucesión en Capital Federal demanda diversos gastos, que deben ser soportados por el Cliente.

Se trata de gastos menores, y entre ellos gastos están:

  • Tasa de justicia (1,5% del valor fiscal de los bienes)
  • Sellados
  • Publicación de edictos
  • Inscripción de bienes (0,2% del valor fiscal)
  • Informes de dominio

Calculadora de Gastos y honorarios de una sucesión en Capital Federal

Con esta calculadora, vas a poder conocer con claridad todos y cada uno de los gastos. Sólo deberás ingresar el valor real del patrimonio

Pasos a seguir para iniciar la sucesión en Capital Federal

  1. Coordinamos una entrevista personal
  2. Firma del convenio de honorarios
  3. Si contás con toda la documentación, podrás hacer entrega de la misma.
  4. Abonás el adelanto

¿Debo abonar para iniciar la sucesión?

Para iniciar el proceso solicitamos únicamente el adelanto antes mencionado.

Podés optar por abonar los honorarios en cuotas (durante la tramitación de la sucesión) o bien cancelarlos totalmente cuando se produzca la venta de los bienes (inmuebles, automotores, acciones, etc.) o bien cuando se inscriban los bienes a nombre de los herederos ya que con ello se concluye el proceso judicial y nuestra labor profesional.

Dejaremos todo documentado en el convenio de honorarios y se emitirá la respectiva factura por servicios.

¿Querés solicitar una entrevista personal o telefónica?

Envianos un correo electrónico para coordinar fecha y horario de la entrevista o llamanos al 155-927-1763.

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