
Actualizado: 27 diciembre 2022
Calculá tu indemnizaión por despido si cobrás parte del sueldo en negro
Resumen de contenidos
Si cobrás la mitad o parte de tu salario en blanco (por recibo de sueldo) y la otra parte en negro, o si estás registrado ante AFIP sólo por media jornada aunque trabajes todo el día, se dice que estás trabajando parcialmente en negro.
En este caso, podés exigirle a tu empleador que incluya todo el salario en el recibo de sueldo bajo apercibimiento de considerarte despedido por su culpa y luego reclamar la indemnización por despido y agravamientos indemnizatorios por haber trabajado con una parte del sueldo en negro.
No renuncies, considerate despedido
Si trabajás parcialmente en negro, no renuncies. Si enviás el telegrama de renuncia perderás automáticamente tu derecho a reclamar la indemnización por haber cobrado parte de tu sueldo en negro y la otra parte en blanco.
Un acuerdo rápido que evita el juicio
No siempre es necesario ir a juicio. Estadísticamente, cerca del 50% de los reclamos laborales son resueltos en el marco de la conciliación laboral obligatoria del SECLO, logrando que el trabajador cobre rápidamente su indemnización.
Nuestros abogados te asesorarán para lograr el mejor acuerdo posible con el empleador y así evitar un largo proceso judicial.
¿Cómo se inicia el proceso reclamo?
El reclamo por haber trabajado parcialmente en negro se inicia enviando 2 telegramas (que deben ser redactados por un abogado) y luego se cita al empleador a una audiencia de conciliación ante el SECLO.
El proceso es sencillo y rápido:
- Coordiná una entrevista en nuestro Estudio
- Envianos por correo electrónico los detalles de tu caso
- En nuestra primera reunión te entregaremos los telegramas impresos listos para que vos los envíes desde el Correo Argentino (gratuitamente)
- Una semana después enviarás el telegrama donde te considerás despedido
- En ese momento, solicitaremos el sorteo de un conciliador laboral y te informaremos fecha y horario de tu audiencia ante el SECLO
Desde que enviás el primer telegrama hasta que solicitamos el turno para la audiencia serán alrededor de 2 semanas, mientras que el SECLO suele demorar otras 2 semanas para aisgnarte un conciliador y fijar fecha de audiencia.
Es decir, en aproximadamente un mes desde el envío de tu primer telegrama, tendrás tu primer audiencia en el SECLO.
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Abogado UBA (T. 79 F. 652 CPACF). Ex docente universitario UBA. Especialista en derecho laboral y Sucesiones con 20 años de experiencia. Ex abogado interno del Grupo Telecom, Codere Argentina y Grupo MetLife. Ex asesor legal externo de IRSA SA y Alto Palermo SA. Ex funcionario AFIP (asesor y representante judicial). Ver CV